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Cómo abogamos por los más vulnerables
Durante más de 40 años, Global Refuge ha sido un líder nacional en ayudar a los niños inmigrantes y refugiados no acompañados a reunirse de manera segura con sus familias y seres queridos. Creemos que todos los niños merecen protección. Nuestra defensa se centra en reconocer las vulnerabilidades únicas de los niños inmigrantes no acompañados y garantizar que se les brinde una atención compasiva mientras buscan protección, reunificación, integración y cumplimiento de su procedimiento judicial de inmigración.
Conoce más sobre nuestro trabajo aquí.
Los individuos y las comunidades desempeñan un papel importante en el apoyo a los niños no acompañados cuando son liberados en las comunidades con sus patrocinadores o familiares. Ofrecer apoyo y aliento contribuye en gran medida a demostrar que son bienvenidos.
Según la Ley de Seguridad Nacional de 2002, los niños no acompañados, también conocidos como “niños extranjeros no acompañados” (UAC, por sus siglas en inglés), se definen como niños menores de 18 años que no tienen un estatus migratorio legal en los Estados Unidos y no tienen un padre o madre. tutor legal en los Estados Unidos, o cuyo padre o tutor legal en los Estados Unidos no está disponible para brindar cuidado y custodia física.
La mayoría de los niños no acompañados provienen de la región del Triángulo Norte de Centroamérica: El Salvador, Guatemala y Honduras. Algunos también vienen de México y otros países del mundo.
Los niños no acompañados a menudo emprenden un viaje peligroso desde sus países de origen por diversas razones, entre ellas escapar de la violencia de grupos criminales, el abuso doméstico, la violencia de género, la pobreza, la trata de personas y la reunificación familiar.
o En la frontera: Según la Ley de Seguridad Nacional de 2002, los niños no acompañados de países no contiguos deben ser transferidos al cuidado y custodia de la Oficina de Reasentamiento de Refugiados (ORR) ubicada dentro del Departamento de Salud y Servicios Humanos (HHS) dentro 72 horas de ser
detenidos por las autoridades de inmigración, generalmente por la Patrulla Fronteriza y de Aduanas (CBP).
o Bajo el cuidado y custodia de la ORR: una vez que estén bajo el cuidado de la ORR, los niños no acompañados deben ser ubicados en el “ambiente menos restrictivo” posible, como hogares de acogida, hogares grupales, centros residenciales u otros programas similares que albergan y brindan servicios vitales como gestión de casos, atención de salud física y mental y servicios educativos. Mientras el niño recibe atención y apoyo para promover su seguridad y bienestar, la ORR comienza el proceso de reunificación con un patrocinador, como un padre, un pariente o un tutor adulto responsable, si es posible.
o Investigación y unificación para su liberación: después de que los trabajadores sociales recopilen la investigación y la información de antecedentes, los niños no acompañados pueden ser entregados a un miembro de la familia examinado o a un patrocinador identificado y comenzar a integrarse en sus comunidades con su patrocinador.
o Liberación: al ser liberados, los niños no acompañados deben asistir a la escuela y cumplir con su caso en la corte de inmigración. Los niños liberados del cuidado de la ORR son remitidos a servicios de administración de casos basados en la comunidad a través de proveedores financiados por la ORR. Además, a veces su patrocinador asiste a sesiones de orientación legal para conocer los requisitos de cumplimiento que tiene el niño con el tribunal de inmigración.
En el año fiscal 2023, la Patrulla Fronteriza y de Aduanas de Estados Unidos (CBP) encontró 137,275 niños no acompañados en la frontera entre Estados Unidos y México.
Hay tres protecciones principales para los niños no acompañados.
o Acuerdo Flores: En 1997, el gobierno de Estados Unidos llegó a un acuerdo legal en el caso Flores v. Reno, una demanda colectiva presentada en nombre de niños inmigrantes detenidos por el gobierno de Estados Unidos. Según las disposiciones del acuerdo conocido como acuerdo Flores, el gobierno debe entregar de inmediato la custodia de los niños no acompañados a un patrocinador adecuado, como un padre, un pariente o un tutor adulto responsable, sin demoras innecesarias. El acuerdo también exige que, salvo circunstancias excepcionales, los niños sean ubicados en programas con licencia estatal y describe las normas de bienestar infantil para la detención, liberación y cuidado de los niños. (Varias Administraciones han intentado codificar reglas para poner fin al Acuerdo Flores,
y actualmente la Administración Biden ha publicado una norma final y está buscando poner fin al acuerdo).
o Ley de Seguridad Nacional de 2002: La Ley de Seguridad Nacional (HSA) proporciona la definición de niños no acompañados. La sección 462 de la HSA transfirió el cuidado y la colocación de niños no acompañados de la agencia de inmigración heredada, los Servicios de Inmigración y Naturalización (INS) a la Oficina de Reasentamiento de Refugiados (ORR). La HSA ordenó que la ORR proporcionara refugios seguros para niños, ofreciera servicios de administración de casos y facilitara el patrocinio y la liberación a patrocinadores adecuados.
o Ley de Reautorización de Protección a Víctimas de la Trata (TVPRA) de 2008: la TVPRA establece procedimientos para la detección de la trata de personas y pautas para el tratamiento y cuidado de niños no acompañados mientras se encuentran bajo custodia federal, así como su proceso de repatriación segura para aquellos que regresan a sus países de origen.
La atención brindada a los niños no acompañados se guía por el principio del “interés superior del niño”, lo que significa que todas las decisiones que se tomen con respecto al cuidado, la ubicación y los servicios del niño deben apuntar a garantizar su seguridad y bienestar.
Los servicios que el Acuerdo de Conciliación de Flores requiere para los niños no acompañados incluyen: servicios médicos y de salud mental, evaluaciones individuales de las necesidades del niño, recreación al aire libre, acceso a servicios religiosos, acceso a servicios legales, servicios educativos, servicios de adaptación que enfatizan la construcción cultural y habilidades apropiadas para la edad y unificación oportuna con patrocinadores.
Algunos niños también reciben estudios del hogar antes de la unificación para garantizar que el patrocinador pueda brindar un ambiente seguro y apropiado para el menor. Los niños también son remitidos a servicios posteriores a la liberación cuando son entregados a un patrocinador examinado.
Los servicios posteriores a la liberación (PRS) son servicios de seguimiento que ayudan a garantizar la seguridad y el bienestar de los niños y los conectan con servicios de apoyo en la comunidad donde viven después de que dejan la custodia de la ORR. PRS proporciona información importante a los patrocinadores sobre la importancia del cumplimiento de los procedimientos de inmigración.
Un estudio del hogar (HS, por sus siglas en inglés) es una evaluación exhaustiva de la capacidad de un posible patrocinador para garantizar la seguridad y el bienestar de un niño antes de que este sea entregado al patrocinador identificado. El proceso implica verificaciones de antecedentes del patrocinador y otros adultos en el hogar, visitas al hogar y una entrevista en persona con el patrocinador y entrevistas con otros miembros del hogar.
La TVPRA de 2008 incluye el requisito de que el HHS lleve a cabo estudios del hogar para un grupo específico de niños no acompañados. Específicamente, niños que son víctimas de trata grave, tienen necesidades especiales o discapacidades (según lo define la Ley de Estadounidenses con Discapacidad), niños que han sido víctimas de abuso físico o sexual, o en situaciones en las que los patrocinadores presentan un riesgo de abuso, maltrato o explotación. , o trata.
Cualquier niño que reciba un estudio del hogar por mandato legal tendrá acceso a servicios posteriores a su liberación en el momento de la reunificación. Los niños que tienen el mandato legal de recibir servicios posteriores a la liberación son elegibles para recibir PRS hasta que cumplan 18 años, concluya su caso, o se les conceda estatus migratorio o salida voluntaria, mientras que otros niños pueden recibir servicios durante 6 meses o menos. Para aquellos niños que no reciben un estudio del hogar antes de su liberación, la ORR los remite a proveedores de servicios de PRS para respaldar la seguridad y la estabilidad en su nueva comunidad. Los proveedores de PRS están facultados para aumentar el nivel de servicios de PRS para niños según las necesidades del niño.
Estos criterios permiten a los trabajadores sociales priorizar la asignación de recursos a los niños más vulnerables y garantizar que reciban la atención adecuada después de su liberación de la custodia de la ORR. Aunque los recursos disponibles son limitados, Global Refuge aboga firmemente por que todos los niños no acompañados reciban PRS.
PRS y HS son una forma muy eficaz de mitigar el riesgo de explotación y garantizar la seguridad de los niños. Estos servicios ayudan a los niños no acompañados a adaptarse a su nuevo entorno y garantizar su seguridad y bienestar continuos. Los estudios de hogares, en particular, actúan como una herramienta clave para evaluar la idoneidad de los patrocinadores potenciales y las colocaciones en hogares.
o Identificación del patrocinador adecuado: Reunir a un niño en un hogar seguro comienza con la identificación de patrocinadores potenciales.
o Verificación y verificación de patrocinadores potenciales: una vez que se identifica un patrocinador, el siguiente paso es completar una solicitud y someterse a un proceso de selección exhaustivo para evaluar la idoneidad, lo que implica verificar la identidad del patrocinador y su relación con el niño. Global Refuge, a través de servicios directos y nuestra red de socios comunitarios confiables, brinda asistencia al gobierno para identificar a familiares en el país y garantizar que los niños bajo nuestro cuidado sean entregados de manera segura a sus seres queridos que estén bien equipados para cuidarlos. Nuestro programa incluye especialistas en huellas dactilares que realizan verificaciones de antecedentes de algunas categorías de patrocinadores potenciales para garantizar que el niño ingrese a un hogar seguro.
o Reunificación y apoyo comunitario: también ayudamos a los cuidadores a través del proceso de reunificación familiar e identificamos las necesidades de las familias, conectándolas con recursos comunitarios como bancos de alimentos y educación, servicios médicos y de salud mental, y asesoría legal gratuita.
Los niños no acompañados son vulnerables a la trata sexual y laboral, la explotación laboral, el secuestro y la violencia y el abuso familiar. Una vez que llegan a los EE. UU., enfrentan importantes dificultades para acceder a los servicios en sus comunidades como resultado de barreras lingüísticas y culturales, estatus migratorio, falta de acceso a asesoría legal y defensores de los niños, y desconocimiento de las leyes estadounidenses diseñadas para proteger a los niños, como las laborales. leyes y escolarización obligatoria.
Garantizar la seguridad y el bienestar de los niños no acompañados implica un enfoque múltiple liderado por el Congreso y las agencias gubernamentales. A continuación se presentan algunas formas en que los funcionarios electos pueden abordar sus necesidades inmediatas y de largo plazo:
o Realizar verificaciones de antecedentes y evaluaciones apropiadas para patrocinadores potenciales en función de la relación con el niño, incluida la verificación de su identidad y capacidad para proporcionar un entorno seguro y estable.
o Ampliar los servicios posteriores a la liberación para que puedan ofrecerse de forma voluntaria a todos los niños no acompañados inmediatamente después de ser liberados de la custodia de la ORR.
o Proporcionar acceso a representación y servicios legales para ayudar a los niños a navegar por el complejo sistema de inmigración y protegerlos contra el trabajo y otros tipos de explotación.
Los individuos y las comunidades desempeñan un papel importante en el apoyo a los niños no acompañados cuando son liberados en las comunidades con sus patrocinadores o familiares. Ofrecer apoyo y aliento contribuye en gran medida a demostrar que son bienvenidos. o Defensor -¡Firma nuestra alerta de acción! Hágales saber a sus funcionarios electos que usted apoya políticas que protejan y acojan a los niños no acompañados e instelos a financiar programas que garanticen que los niños no acompañados estén seguros y prosperen.
o Ofrézcase como voluntario para ser padre de crianza: considere convertirse en padre de crianza para brindarles a los niños un ambiente seguro y acogedor mientras esperan la reunificación familiar.
o Únase a nuestro Programa de Embajadores: una comunidad nacional de defensores, voluntarios y líderes apasionados. Con apoyo activo y formación de Global Refuge Como personal, los embajadores actúan en sus comunidades, desde organizar campañas de concientización y acciones de promoción hasta organizar vigilias de oración o recolectar suministros para ayudar en la respuesta a las crisis locales.
o Orar: el poder de la oración, ya sea individualmente o con otros, incluidos miembros de la comunidad, funcionarios electos y personas afectadas, es innegable para salvar divisiones y recordarnos nuestra humanidad común. Eche un vistazo a estos recursos de oración y considere usarlos y compartirlos con otros.
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